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Gacetillas de prensa
La Corte Suprema de Justicia autorizó la intervención del Amicus Curiae
2 de agosto de 2004


Mediante la Acordada 28/2004, dictada el 14 de julio por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, se ha autorizado la presentación prevista por el instituto del Amicus Curiae ("Amigo del Tribunal") en la decisión de causas que posean trascendencia institucional o resulten de interés público. Los requisitos para que una persona física o jurídica participe en esta calidad son: tener una reconocida competencia sobre la cuestión debatida en el pleito, fundamentar el interés de participar en la causa e informar sobre la existencia de algún tipo de relación con las partes del proceso.

Dicha participación, realizada por terceros interesados ajenos a las partes, será, de esta forma, admitida por el Supremo Tribunal en los expedientes que tiene a su cargo para dictar sentencia. La acordada establece que las opiniones o sugerencias del amicus curiae tienen por objeto ilustrar a la Corte sobre el objeto del litigio. Por ello, no serán vinculantes pero pueden ser tenidas en cuenta en el pronunciamiento del Tribunal. Por último se aclara que el amicus curiae no reviste la calidad de parte y que su intervención no devengará costas ni honorarios judiciales.

La autorización y reglamentación fue propuesta en los documentos de "Una Corte para la Democracia", elaborados por FARN junto con la Asociación por los Derechos Civiles (ADC), el Centros de Estudios Legales y Sociales (CELS), Poder Ciudadano, el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP) y la Unión de Usuarios y Consumidores, en relación a la importancia que dicho aporte puede tener en la sustanciación de causas de relevancia.

 

Texto de la Acrodada 28/2004
[en PDF  ·  105 KB  ·  9 pgs.]

 

 


Para más información, por favor contactarse con:

Daniel Perpiñal o Juan Martín Vezzulla
Asistentes del Área
de Participación Ciudadana

Tel/Fax: (54-11) 4787-5919/7032 (int. 221/222)
E-mail: controlciudadano@farn.org.ar

 

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