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FARN celebra la sentencia de la Corte Suprema de Justicia 15 de noviembre de 2010 La Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN) expresa su satisfacción con la sentencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) que suspende por noventa (90) días la ejecución del emprendimiento denominado “Proyecto Productivo Ayuí Grande”. Recordamos que el emprendimiento productivo en cuestión prevé interrumpir el flujo natural de un importante curso de agua como es el arroyo Ayuí Grande, emblemático por su altísima biodiversidad. El objetivo es atravesar con un dique este curso de agua creando un lago artificial de proporciones considerables —alrededor de 8000 hectáreas de superficie— inundando importantes recursos naturales de la región, a fin de disponer agua suficiente para regar 28.000 hectáreas de cultivo (principalmente arroz y soja, entre otros). La decisión de la CSJN, en el marco de su competencia originaria, responde a una acción de amparo conforme la ley 16.986 interpuesta en octubre pasado por el Estado Nacional contra la provincia de Corrientes, basándose en los artículos 41 y 42 de la Carta Magna Nacional y en el artículo 30 de la Ley General del Ambiente. La intención del Estado Nacional en su presentación era el cese de la provincia en su actitud omisiva y la entrega de todos los antecedentes e informes a la Nación, incluidos los estudios de impacto ambiental relativos al Proyecto Ayuí Grande para que las autoridades nacionales competentes analicen su viabilidad atento que una modificación en el curso, caudal o calidad de las aguas del Río Uruguay podría generar responsabilidad internacional de la República Argentina en virtud del incumplimiento del Estatuto suscripto con el Uruguay en 1975. Asimismo, el Estado Nacional pretendía el dictado de una medida de no innovar a fin de lograr el cese inmediato y la paralización de las obras respectivas hasta tanto se expidan las autoridades nacionales. Ahora, el Estado Nacional tendrá noventa días corridos para leer los expedientes presentados por la provincia de Corrientes ante la Corte y evaluar si las obras del Proyecto Ayuí Grande se encuentran alcanzadas por las previsiones de los artículos 7 al 13 del Estatuto del Río Uruguay. El plazo empezará a correr a partir del quinto día de notificada la decisión de la CSJN. Por último, ordena el Máximo Tribunal la suspensión de las obras proyectadas. FARN oportunamente expresó que el proyecto de represamiento del Ayuí importa una serie de impactos que han causado la reacción de diversos sectores de la sociedad civil y asimismo de la comunidad en su conjunto. La eventual concreción de este proyecto afectaría negativamente una amplia cuenca hídrica de aprovechamiento común, con el agravante de ser habitada por especies amenazadas de extinción. Además, el caso podría también convertirse en un importante y peligroso antecedente conforme al cual propietarios de tierras podrían, con igual derecho, pretender lo mismo en otros cursos de agua, inaugurándose así una nueva modalidad de expansión caótica de la frontera agrícola, con absoluta ausencia de planificación y sin resguardo de las normas más elementales de nuestro país. FARN confía que tras la evaluación a cargo del Estado Nacional resultará patente tanto la afectación del río Uruguay a raíz de las obras relacionadas con el Proyecto Productivo Ayuí Grande como el riesgo que implica para el futuro próximo permitir un proyecto con fuerte potencial de afectar negativamente el ambiente, desoyendo las disposiciones de legislación nacional y provincial en términos de uso racional de los cursos de agua comunes.
Fundación Ambiente y Recursos Naturales |