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En el mes de agosto, las asociaciones vecinales Belgrano "C" Manuel Belgrano y Belgrano "C" San Benito, con el patrocinio de los abogados del Programa Control Ciudadano del Medio Ambiente, acudieron a la justicia con el objeto de que se disponga la inmediata remoción de las mencionadas antenas y se conmine al Gobierno de la Ciudad a ejercer el poder de policía en la materia. Las antenas se encuentran situadas dentro de espacios verdes, sin la debida habilitación del Gobierno Local, y sin contar con los estudios de impacto ambiental que dispone la Ley Nº 123. El Gobierno de la Ciudad, al contestar la acción de amparo, reconoció
que las antenas mencionadas no se encuentran habilitadas y que nunca podrían
habilitarse en el futuro habida cuenta de que la zona en que se encuentran
emplazadas es un distrito UP (Urbanización Parque). Radicada en el Juzgado Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires Nº 9, Secretaría Nº 17, el Juez a cargo, Alfredo A. Kersman, se encuentra analizando, previo a esta petición de desmantelamiento, la citación de las empresas de telefonía celular propietarias de las antenas involucradas en el presente amparo. Por otro lado, cabe mencionar que coincidiendo con este debate, la Comisión Nacional de Comunicaciones (CNC), mediante Resolución 3690/2004 del 10/11/2004, dispuso que los titulares de autorizaciones de estaciones radioeléctricas de radiocomunicaciones y los licenciatarios de estaciones de radiodifusión deberán demostrar que las radiaciones generadas por las antenas de sus estaciones no afectan a la población en el espacio circundante a las mismas, mediante una evaluación o por medio de una declaración jurada incorporada en dicha resolución. Aquella documentación formará parte de los requisitos a presentar a la autoridad competente para su debida habilitación.
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| © Fundación Ambiente y Recursos Naturales | Actualización: 2-dic-04 | ||||||||||||||||||||||||||||