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La Corte Suprema de Justicia suspendió las autorizaciones de desmontes y talas en Salta

26 de marzo de 2009

la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en un fallo contundente en materia ambiental, ordenó, por aplicación del principio precautorio, suspender todas las autorizaciones de tala y desmonte, y sus ejecuciones, en los Departamentos de San Martín, Orán, Rivadavia y Santa Victoria de la Provincia de Salta.

Esta resolución amplía la medida cautelar dispuesta el 29 de diciembre pasado por el máximo tribunal que, a pedido de numerosas comunidades indígenas y pequeños productores de esas localidades, ordenó el cese provisional de los desmontes autorizados por la Provincia de Salta durante el último trimestre del año 2007.

Decidió asimismo requerir a esa Provincia, en uso de las facultades conferidas por la Ley General del Ambiente 25.675, para que en forma conjunta con la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación, realice dentro del plazo máximo de 90 días, la realización un estudio de Impacto Ambiental Acumulativo.

En su pronunciamiento, la Corte especificó que dicho informe deberá evaluar el impacto ambiental acumulativo que han producido la tala y desmontes sobre el clima, el paisaje, el ambiente en general, así como también en las condiciones de vida de los habitantes.

Se destacó en el fallo que la autorizaciones oportunamente otorgadas por la Provincia, tomaron en consideración el impacto ambiental de cada una de ellas, pero no se ha efectuado ningún estudio que permita analizar los efectos negativos acumulados que producirán dichas acciones sobre el ambiente.

Se señaló también, que muchas de las áreas donde se autorizaron desmontes o aprovechamientos forestales, pueden ser ahora categorizadas como de alto valor de conservación, conforme la Ley 7543 de Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos de la Provincia de Salta, y que esto configura una situación clara de peligro de daño grave, por cuanto podría cambiar sustancialmente el régimen de todo el clima de la región.

Es importante destacar que la sentencia reitera la relevancia de la aplicación del principio precautorio ya enunciado en el fallo dictado el pasado 29 de diciembre, y que contempla en sus considerandos las exposiciones orales vertidas por las partes en la Audiencia Pública celebrada en la sede del máximo tribunal el 18 de febrero del corriente año.

Documento Fallo completo
   [en PDF · 7 págs. · 40 KB · 26/03/09]

 

 

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  © Fundación Ambiente y Recursos Naturales Actualización: 27-mar-09