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MÓDULO SOBRE PARTICIPACIÓN PÚBLICA Y DESARROLLO SUSTENTABLE

Introducción general

Acceso a Procesos
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Acceso a la justicia

Distintas soluciones al problema de la legitimación

A los fines de responder a la problemática de la legitimación para la defensa del derecho al ambiente, se han implementado diversas modalidades de acciones judiciales.

  • Acción Popular

    La acción popular es un tipo de acción judicial que otorga legitimación expresa en favor de todos y cada uno de los habitantes de un Estado para accionar judicialmente en defensa de determinados derechos o intereses reconocidos por la norma. De tal modo, se exime al demandante de la obligación de demostrar un interés personal y directo en el bien que pretende resguardar judicialmente.

    Las legislaciones de diferentes países han adoptado diversas modalidades de acción popular como mecanismo de tutela judicial de los derechos de pertenencia colectiva; entre otros, el derecho al ambiente sano y equilibrado, el derecho a la conservación del patrimonio histórico, cultural y paisajístico, los derechos del consumidor, etc.

    Constituyen algunos ejemplos de reconocimiento de diversas modalidades de acción popular en materia ambiental:

    • La Constitución de la República Federativa de Brasil (1988) Art. 5, inc. LXXIII
    • La Constitución Política de la República de Costa Rica (1994) Art. 50
    • La Constitución Política de Portugal (1976) Art. 66, inc. 3
    • El Código del Medio Ambiente y de los Recursos Naturales del Perú (1990) Art. III
    • Constitución del Estado de Illinois, EE.UU (1970) Art. XI; inc.2

  • Legitimación de Órganos Estatales

    De modo tradicional, el Estado ha asumido la defensa y protección de los intereses generales de la sociedad a través de órganos de ya vieja data como el Ministerio Público, o más recientes como el Defensor del Pueblo.

    En este sentido, las legislaciones de diferentes países han ampliado la esfera de facultades o competencias de dichos órganos a la tutela de los intereses de pertenencia colectiva, como el derecho al ambiente sano, los derechos del consumidor, etc.

  • Legitimación a favor de asociaciones registradas

    Numerosos Estados reconocen legitimación para accionar judicialmente a favor de asociaciones que tienen por objeto la conservación y preservación ambiental. En cada caso, las legislaciones difieren respecto a los requisitos formales exigidos a las asociaciones para ser habilitadas como litigantes. A modo de ejemplo, en Italia y Dinamarca sólo se reconoce legitimación a favor de un número limitado de asociaciones, definidas expresamente por una norma jurídica, en tanto que en Perú, la legislación posee un espíritu más amplio, otorgando legitimación de modo general a las ONGs sin fines de lucro que tengan por objeto la defensa del ambiente (Cfr. Art. 140. Código del Medio Ambiente y de los Recursos Naturales del Perú).

    Argentina, España, Brasil, Alemania, entre otros, son algunos de los Estados que reconocen legitimación a favor de asociaciones para la tutela de intereses de pertenencia colectiva.


La legitimación en diferentes países



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webmaster@farn.org.ar Actualización: 13-Mar-2001