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MÓDULO SOBRE PARTICIPACIÓN PÚBLICA Y DESARROLLO SUSTENTABLE

Introducción general

Acceso a Procesos
Acceso a la Información
  De qué se trata
  Cómo se accede
  Aspectos
  Antecedentes
Acceso a la Justicia
Recursos
Sugerencias
Contactos


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Acceso a la información pública

¿Cómo acceder a la información?

En la materia ambiental propiamente dicha, el acceso a la información por parte de la sociedad es la base para el éxito de la participación y la gestión pública. Así, puede garantizarse que las contribuciones de los ciudadanos contemplen y se refieran al mismo contexto de información de importancia ambiental que el considerado por el administrador público.

Algunas precisiones:

  • el Libre Acceso a la Información de naturaleza ambiental no es lo mismo que el deber del Estado de generar y ofrecer información de naturaleza ambiental. Mientras que lo primero no es más que una aplicación del derecho a acceder a la documentación administrada por el Estado con relevancia para el medio ambiente, lo segundo es un deber de producir información ambiental el cual debe ser también de naturaleza pública.

  • el deber del Estado de generar y ofrecer información ambiental está acotado a documentación específica y sistemas operativos de información pública.

Así, por ejemplo, este deber actúa de fundamento básico para:

  • La preparación de los "Informes Periódicos sobre el Estado del Medio Ambiente". Se trata de diagnósticos realizados periódicamente, de lectura fácil, sobre el estado en que se encuentra el ambiente: la calidad del aire, del agua superficial y subterránea, del ruido, de la recolección, tratamiento y disposición de los residuos domiciliarios e industriales, de las áreas verdes, de la fauna y de la flora, etc.

Dicho documento se convierte luego en la información de base ambiental para su utilización por parte de la estructura completa del Estado en sus funciones de planeamiento estratégico y la definición de prioridades para la acción pública, el sistema de investigación pública o privada, el sistema educativo y para la actuación de cualquier organización de la sociedad.

La ventaja de preparar este tipo de diagnóstico ambiental reside en la construcción gradual de una "historia ambiental" que permite comprender, a lo largo del tiempo, el modo en que se identificaron los problemas, se abordaron iniciativas para resolverlos y se lograron (o no) resultados concretos. Los informes pueden prepararse en el ámbito de los gobiernos locales, gobiernos provinciales o estaduales, y gobiernos nacionales.

La constitución y operación de bases de datos sobre el medio ambiente, de libre acceso por parte de cualquier persona, es otra modalidad para que el Estado cumpla con el deber de información ambiental. Estas bases pueden responder a un espectro amplio de información sobre:

  • fuentes de información de naturaleza ambiental;
  • investigaciones de naturaleza ambiental;
  • normativa ambiental (en vigencia y sobre proyectos);
  • reclamos de naturaleza ambiental;
  • jurisprudencia de naturaleza ambiental;
  • organizaciones públicas con competencias ambientales;

La posibilidad concreta de crear y operar bases y bancos de información ambiental depende enteramente de los presupuestos disponibles por parte de los distintos organismos del Estado.
Finalmente, debe señalarse que el deber de "información ambiental" por parte del Estado se completa con distintos documentos específicos:

  • la información generada por las evaluaciones de impacto ambiental de distintos proyectos planeados (ej. la información, a favor o en contra, que pueda surgir de los estudios de impacto ambiental de proyectos de construcción de represas hidroeléctricas, aeropuertos, autopistas, etc.);

  • la información que pueda surgir de las Auditorías Ambientales exigidas por Ley a distintos tipos de empresas (ej. empresas mineras, empresas industriales, empresas de servicios públicos, etc.)



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webmaster@farn.org.ar Actualización: 13-Mar-2001