SEGUNDA PARTE:



El Municipio
Sistemas Territoriales

¿Cuáles son los sistemas de delimitación territorial de los municipios?
"El territorio constituye el ámbito geográfico donde el municipio ejerce sus competencias. En este sentido, la delimitación territorial de los municipios es un aspecto fundamental a los fines de establecer la jurisdicción del estado municipal." (1)
Los sistemas de delimitación territorial de los municipios son varios; en el caso de nuestro país, los
sistemas adoptados por las provincias pueden ser los siguientes:
| SISTEMA DE CENTRO URBANO |
SISTEMA DE PARTIDO |
SISTEMA INTERMEDIO |
“Es aquél en el cual el territorio del municipio abarca exclusivamente un área urbana. Este modo de atribución territorial se basa en una concepción que identifica a lo municipal sólo con lo atinente a la vida de una población que se concentra dentro de un área determinada y que se compone de un número mínimo de habitantes, sea ésta una ciudad o un pueblo. En este sistema toda actividad o fenómeno que se desarrolle o tenga lugar fuera del área urbanizada, no está incluida en el ámbito de competencia territorial del municipio; en consecuencia, las áreas suburbanas y rurales quedan bajo la competencia provincial exclusivamente. La gran mayoría de las provincias argentinas han adoptado este sistema. |
“En este caso, el municipio comprende una porción de territorio compuesto por varios centros de población, áreas suburbanas y rurales. De esta manera, resulta que cada Partido o Departamento es una suerte de "pequeña provincia". Cuando impera este sistema los municipios son colindantes y ello hace que todo el territorio de la provincia se encuentre bajo una doble competencia, una provincial, por supuesto y la otra municipal. Por ende, abundan los problemas resultantes del ejercicio concurrente de facultades. Este modelo ha sido adoptado, entre otras, por la Provincia de Buenos Aires. |
“En este sistema, el territorio del municipio comprende un solo centro de población, previéndose a su alrededor una "zona de reserva" compuesta por áreas suburbanas y rurales. La creación de esta zona responde a una doble finalidad. Por una parte, apunta a una suerte de previsión frente al crecimiento lógico que irá sufriendo el municipio. Ello permitirá ir ordenando el territorio municipal con sentido de futuro. Por otra parte, tiende a evitar que fenómenos o actividades ubicados fuera del ejido urbano, pero con importantes consecuencias sobre él, puedan quedar fuera del alcance del Poder de Policía Municipal. Este sistema ha sido adoptado por cinco provincias (Tierra del Fuego, Corrientes, Jujuy, Córdoba y Río Negro), aún cuando cada caso tiene características diferenciadas." (2) |
La Provincia de Buenos Aires ha elegido dividir su territorio el sistema de Partidos. La Constitución provincial establece en el artículo 190 que “... la administración de los intereses y servicios locales en la Capital y cada uno de los Partidos que formen la Provincia, estará a cargo de una Municipalidad...” Este es un dato muy importante a la hora de analizar las capacidades y facultades municipales, ya que el sistema territorial adoptado delimita el ámbito de competencia territorial del Estado municipal.
Bajo este sistema, todo el territorio perteneciente a la Provincia de Buenos Aires, también está bajo la jurisdicción de algún municipio (tanto las áreas urbanizadas como los espacios “vacíos”). En consecuencia, no habría en este caso, espacios de jurisdicción provincial única, sino que ambas jurisdicciones, la provincial y la municipal, coinciden o confluyen sobre el territorio en el marco de
sus respectivas competencias. Esto es particularmente relevante para la conformación de la región metropolitana de Buenos Aires.
SABSAY, GARCIA, NAPOLI y RYAN. Ob. Cit. Págs. 95-96.
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SABSAY, GARCIA, NAPOLI y RYAN. Ob. Cit. Págs. 95-96.
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