Recursos Naturales, 2001 I.S.B.N. 987-97469-5-3 |
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Situación en la Provincia de Buenos Aires La Constitución de la Provincia de Buenos Aires ha incorporado en la reforma del año 1994 y a través del artículo 67, las llamadas formas de democracia semidirecta, esto es la iniciativa legislativa y la consulta popular vinculante y no vinculante. Se prevé la iniciativa legislativa como modalidad que permite a los electores presentar proyectos de leyes, exceptuándose ciertos temas como reforma constitucional, aprobación de tratados y convenios, presupuesto, recursos, creación de municipios y órganos jurisdiccionales. La operatividad de este instituto queda sujeto a la sanción de la correspondiente ley provincial que deberá establecer las condiciones, requisitos y porcentaje de electores que deberán suscribir la iniciativa. Lamentablemente aún no existe legislación provincial sobre esta materia.
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