Acción político-institucional
de la Subsecretaría de Pesca
ante la legislación vigente
Licenciado Jorge Luis Cajal

La presente conferencia se refiere a lo realizado por la gestión, que asumió expirando el mes de agosto de 1999, o sea de una gestión con escaso tiempo para abordar los difíciles problemas que aquejan a las pesquerías del Atlántico Sudoccidental.
En general podemos hablar de tres elementos fundamentales que constituyen la gestión pesquera a saber:
- El sistema cientifico-tecnológico, base de la evaluación del recurso.
- La regulación de la actividad
- El control.
Hay claros indicios que las falencias existentes en el manejo y administración de los recursos pesqueros no son atribuibles ni a la inexistencia de una política pesquera nacional (que para mal o para bien existe, pese a muchas opiniones en contrario, al respecto ver la Ley Federal de Pesca y los distintos decretos), ni a los aspectos de la evaluación (INIDEP), sino a los defectos en la implementaron de los otros dos elementos de gestión pesquera, esto es: la regulación de la actividad y el control.
El panorama encontrado a fines de agosto de 1999 era el siguiente:
- Ley Federal de Pesca 24922 del 9/12/97; Decreto Reglamentario del Régimen Federal de Pesca 748/99 del 14/7/99; Ley de Emergencia Pesquera 25109 del 23/6/99 (Bol.Of. 29.173); Decreto Reglamentario de la Emergencia Pesquera 591/99 del 1/6/99 (Bol.Of. 29.160); Cuota adicional de merluza común (50.000 tn) 792/99 del 22/7/99. Observe el lector la superposición de fechas respecto a cuerpos legales diferentes y todos vigentes simultáneamente.
- Crisis respecto a la merluza común, al momento de asumir se estaba superando la Captura Máxima Permisible oportunamente establecida (Resolución SAGPyA 293/99). ( Informe INIDEP 101/99).
- Problemas sociales en Mar del Plata y otros puertos de Patagonia. Carencia absoluta (falta de previsión) de programas de reconversión de flota y de contención social a fines de reducir el esfuerzo de pesca y minimizar situaciones traumáticas para la gente. El Proyecto PNUD Arg./98/031 "Apoyo a la formulación del proyecto de manejo sustentable de la pesca", de futuro incierto, no ha mostrado a la fecha resultados conducentes al respecto. Cabria reformularlo e impulsarlo en un futuro.
- Gran atomización del sector empresarial, enfrentamiento entre fresqueros y congeladores, reflejada en la "guerra" de las solicitadas.
- El problema sin resolver de los golfos, con relación a la situación de la merluza común, langostino y otros
- El festival de amparos judiciales. Al 24/9/99 había 11 causas en las que se decretaron medidas cautelares. Contradictorios entre sí y obviamente negativos para el recurso. Una verdadera carrera de obstáculos para la administración pesquera
- Falta de estructura administrativa. Una SSP sin dinero propio, escaso personal de planta y sin medios adecuados de funcionamiento. Los fondos del FONAPE estaban inmovilizados. Reclamos de parte de consejeros del CFP sobre el uso y destino de los fondos provenientes de la pesca por parte de la SAGPyA y de la SSP en particular.
- Colapso del sistema de control y monitoreo, como consecuencia de haberse discontinuado el acuerdo con la UE. La interrupción en los desembolsos de la UE a la SAGPyA provoco una severa crisis en la administración pesquera. No funcionaba el Proyecto Observadores a Bordo; No había fondos para pagar a los inspectores a bordo; el sistema de control satelital (MONPESAT) en estado terminal (por falta de pago y otros problemas en etapa de dilucidar).
- Falta de un ordenamiento pesquero; teniendo en cuenta lo multiespecífico de las pesquerías.
- Fallas en la información proveniente de los partes de pesca. Entre las capturas observadas y las capturas declaradas para los mismos buques, se han determinado diferencias promedio del 21 %, a favor de las primeras. Hay subdeclaración en los partes de pesca.
- Una oferta de recursos limitada en el Atlántico Sudoccidental. Excluyendo los invertebrados (langostino, calamar), la biomasa estimada para peces comerciales (1997/98) es de 15.000.000 tn en cifras redondas, con una Captura Máxima Permisible para 1999 (excluyendo el langostino y calamar donde no se aplica el parámetro citado) de 781.450 tn (ver Resoluciones SAGPyA 293/99; 341/99; 342/99).
- El problema de los distintos permisos de pesca: irrestrictos y los que establecen cupos de pesca para las diferentes especies. Los primeros eran irrestrictos no solamente para las especies sino también para las cantidades, limitado en la práctica a la capacidad de captura "técnica" de la respectiva unidad pesquera.. Los segundos están representados por los buques ingresados a matrícula con posterioridad a 1994 y que cuentan con una cuota de captura (Resolución SAGPyA 985/94) lo que implico una resignación de derechos por parte de estos armadores respecto a las capacidades irrestrictas (en cantidad) de los permisos antecedentes. Los cupos totalizan 643.000 tn (de los cuales 207.000 tn corresponden a invertebrados y el resto a peces). Al respecto se dan situaciones particulares, ej.: los cupos establecidos en los diferentes buques para la merluza negra suman la cantidad de 42.989 tn, siendo la CMP de la especie para 1999 de 8.000 tn.
- Carencia de normas e implementación de medidas tendientes a hacer efectivo el ejercicio del derecho a la información ambiental relativa al recurso pesquero.
Sobre la administración de la Subsecretaría de Pesca
Parte importante de los problemas que han impedido un correcto funcionamiento administrativo de la SSP son consecuencia de fallas estructurales, en efecto, a la fecha no se ha cumplido con lo mencionado en el art. 58 del Decreto 748/99 del Régimen Federal de Pesca, en cuanto a elevar el proyecto de estructura organizativa de su jurisdicción. Se trabaja (administrativos, personal de los distritos de pesca) con personal contratado, con todos los problemas de inestabilidad que ello implica. Al respecto, la gestión esbozo un mecanismo de trabajo que se aboque a definir la estructura apta para los desafíos del sector. No se avanzo a fin de no obstaculizar los objetivos de la nueva gestión entrante con el cambio de gobierno.
Sobre la información
Existen tres principales fuentes de información a saber:
Campañas de investigación y monitoreo a través de buques propios del INIDEP. Consiste en una información de alta confiabilidad. Se puede decir que en líneas generales las mismas se han realizado regularmente durante el período 1998/99. Ver Campañas e Informes INIDEP, 1998/99.
Proyecto Observadores a Bordo de buques de la flota comercial. Resulta una herramienta indispensable para obtener información directa, actualizada y confiable de la flota comercial. La presencia a bordo de personal entrenado permite realizar estimaciones indispensables de las capturas reales de las distintas especies (incluyendo la captura incidental no procesada), del descarte, de los procesos a bordo, etc. Con esta información se tiene una mejor aproximación a la verdadera mortalidad por pesca generada y se conoce con mayor detalle las características biológicas de los recursos. Al respecto ver: Proyecto Observadores a Bordo. Antecedentes y Propuestas, 1999. INIDEP. Este Proyecto había discontinuado en 1999 por haber cortado la UE los fondos que lo sustentaba. La gestión volvió a implementar el Proyecto a fines de 1999 con fondos provenientes del FONAPE (Carta Acuerdo IICA-SSP).
Partes de Pesca brindados por la flota comercial. Estos partes adolecen de dos problemas importantes: a) demora o retraso en la entrega; b) falta de control sobre la información; c) deficiencias en el formato. Resulta una fuente de información poco confiable. La gestión elaboró un nuevo formato a través del INIDEP y planteo que el mismo sea semanal. Faltaría adecuar el sistema informático para el procesamiento de los partes de pesca semanales y elaborar el anteproyecto de resolución. La implementación de un parte de pesca semanal tendría además, implicancias positivas en el seno de la Comisión de Pesca del Atlántico Sur (Argentina-UK). Ver modelo de parte de pesca semanal e instructivo para la flota comercial, Informe INIDEP 45/99.
Si algo caracterizo la gestión fue la amplitud y generosidad para brindar la información disponible al publico. Lo producido por el INIDEP estuvo siempre a disposición de quien lo requería. Además desde la SSP se impulso avanzar en lo referente al régimen de acceso a la información. Al respecto, se procedió a la búsqueda y análisis de los fundamentos jurídicos del derecho a la información ambiental: normativos, doctrinarios, jurisprudencias y consuetudinarios a nivel comparado y nacional.
Sobre el control
Tenemos tres formas de control:
Cuerpo de inspectores a bordo y de banquina. No existían los inspectores a bordo y los distritos de pesca a duras penas sobrevivían como consecuencia de lo mencionado (caída del Acuerdo con la UE). La gestión implementó parcialmente el cuerpo de inspectores (ver Proyecto PNUD, Arg. 99/012). De acuerdo con la disponibilidad de fondos, no se pudo contratar un número significativo de inspectores embarcados, ni prever el pago de viáticos para mareas de 40 o 50 días de duración, por lo tanto se dispuso contratar hasta un máximo de 20 inspectores para desempeñarse en puertos, previendo algunos inspectores itinerantes con desplazamientos a Puerto Madryn y Puerto Deseado a efectos de reforzar la capacidad actual de inspección en los mismos y en otros puertos dependientes de esos distritos a efectos de controles de pesca. Para la selección del personal se estableció una priorización basada en los antecedentes y calificaciones de los inspectores que prestaron servicios en el componente "Cuerpo de Asistentes Técnicos de Control" en el marco del "Acuerdo sobre las relaciones en materia de pesca marítima entre la UE y la República Argentina. Al expirar la gestión se realizo una comisión "sorpresa" a los distintos distritos de pesca, una misión olvidada desde hacia mucho tiempo, pero necesaria para el control y rotación del personal afectado en los distintos distritos de Buenos Aires y Patagonia.
Sistema de vigilancia radial, acuática y aérea. A cargo de la Prefectura Naval Argentina y Armada Argentina. La gestión considero a las mencionadas instituciones como fundamentales para el control y vigilancia en la ZEE y milla 201. Se suscribió un acuerdo entre la SAGPyA y la PNA que contempla por parte de la SAGPyA una transferencia de 361.000 $ a la PNA para patrullaje, por parte de la PNA destacando guardacostas de tipo 24 y 64 para intensificar las tareas de vigilancia en jurisdicción nacional. Con Armada Argentina se avanzo para la firma del Acta Acuerdo Complementaria para el presente año, correspondiente al Convenio de Participación y de Transferencia de recursos (SAGPyA-AA), para tareas operativas de patrullaje para el control de la actividad pesquera en los espacios marítimos de jurisdicción nacional.
Sistema de vigilancia satelital (MONPESAT). Fue encontrado en estado terminal y con grandes fallas durante su funcionamiento. Como ejemplo se puede citar textualmente parte de un informe de la Armada Argentina recibida en la SSP: "...diferencias importantes entre las posiciones, correspondientes a un mismo buque pesquero, recibida por el MONPESAT y la real que se obtiene de otras fuentes y en la que se analizo, dada la diferencia, la cinemática del buque, apreciando su correlatividad y coherencia...". Si bien la gestión realizó ingentes esfuerzos para garantizar el funcionamiento del MONPESAT, el mismo quedo como asignatura pendiente. Las propuestas surgidas de la SSP trataron sobre la necesidad de implementar un comité de usuarios (SSP, PNA, AA, INIDEP), con acceso a los altos niveles de información (que haya transparencia y no terminales "bobas"), y además, que el centro principal tenga como cede la Armada Argentina. La creación de un comité de usuarios con iguales niveles de información y el establecimiento de la Central Operativa en la Armada Argentina, o en la PNA, son medidas que surgen como corolario de la Ley de Klaus Libermann (1974): Los elementos de control, evaluación y regulación de un sistema burocrático, deben ser jerárquicamente independientes.
Sobre los amparos judiciales
La gestión inicia conversaciones con asesores de Diputados Nacionales y Senadores integrantes de la Comisión de Intereses Marítimos a fin de analizar el grave problema que durante todo el año 1999 ha sufrido la administración pesquera, frente a contradictorios amparos que han permitido pescar a un número considerable de buques sin control alguno, con todo el perjuicio que ello significa para el recurso. La gestión valora las actuaciones de aquellos jueces (excepciones) que sostuvieron que no resulta posible que distintos jueces estén disponiendo en forma tan diversa sobre los espacios del mar territorial argentino y la ZEE, ya que resulta inconveniente el dividir conceptualmente el mar argentino para que cada juez aplique criterios contradictorios, sin intervención de los jueces de la Cámara Federal de la Capital Federal. El problema mencionado resulta una tarea pendiente para la administración pesquera donde la Corte debería decir su última palabra. Además se procedió al análisis conjunto de los expedientes relativos a acciones de amparo presentados contra la SSP, a fin de aunar criterios con relación a la presentación de los correspondientes escritos en los mismos.
Sobre medidas técnicas de manejo
Artes selectivas de pesca
DEJUPA en la flota merlucera arrastrera
El INIDEP ha desarrollado el dispositivo de escape de juveniles de peces en las redes de arrastre (DEJUPA) para la flota pesquera de merluza. De acuerdo a la planificación del Proyecto de Investigación y Evaluación de Artes de Pesca, se ha concluido la etapa de investigación del DEJUPA para ser aplicado al recurso merluza. Al respecto se han determinado las distancias entre varillas de las grillas para ser utilizado con copos o bolsas de malla diamante con luz de malla de 100 y 120 mm. Ver Informe INIDEP 1/99.
Falta el desarrollo de la última etapa del Proyecto, el cual involucra la utilización del DEJUPA por parte de algunos buques de la flota comercial para su evaluación (al presente se realizaron los contactos oficiales correspondientes con las cámaras empresariales involucradas). La mecánica de esta última etapa consiste en realizar las pruebas a bordo de buques por cada uno de los tres estratos de la flota a saber: costero, fresquero y congelador, durante una marea en los dos primeros casos y 15 días como mínimo en el congelador. La cantidad de buques serian seis, ya que la experiencia se haría con pares de buques de similar potencia y redes, como así también igual luz de malla en los copos, para realizar pesca comparativa o sea uno con el DEJUPA incorporando el arte y el otro sin DEJUPA. Los dos buques deben operar juntos pescando lo más cerca posible uno de otro con igual número de lances, tiempo y velocidad de arrastre. En todos los casos deberán embarcar dos observadores con instrucciones por parte del Grupo de Artes de Pesca del INIDEP.
Como antecedente debemos mencionar que buques de la empresa ARGEN-PESCA están colaborando desde 1998 con el INIDEP en el uso experimental del DEJUPA para minimizar la captura de ejemplares juveniles de merluza, con resultados positivos (Notas de ARGEN - PESCA al INIDEP de fecha 26/4/99 y 20/5/99).
DISELA en la flota langostinera (tangonera)
Si bien el INIDEP avanzo en esta temática, diseñando el DISELA I y II, el sistema no ha sido recibido con beneplácito por parte de la flota tangonera, aduciendo distintos argumentos: "en Rawson se obstruyen con organismos bentónicos", "tiene muchos problemas por taponamiento", "hay perdida de langostinos", "el Disela se rompió", "mucho trabajo para la tripulación" (ver Informes finales de marea en buques tangoneros durante 1998, INIDEP). De los resultados sobre selectividad de merluza obtenidos en una campaña de pesca comparativa con DISELA II, en el buque tangonero ARBUMASA VII que el número de ejemplares de merluza capturados en función de la talla es menor con DISELA II que sin el dispositivo (ver Informe INIDEP 46/99; Ercoli, R. Et al. 1997,"Manual del dispositivo de selectividad de langostino con doble grilla", Informe Técnico INIDEP. La aplicación de un sistema de artes de pesca selectiva para la flota tangonera resulta un tema fundamental, máxime que el talón de Aquiles de la mencionada flota es precisamente la captura incidental (y descarte) de la merluza común. Si bien esta pesca incidental varia en magnitud según época y sitio de pesca, es un tema aun no resuelto que merece primordial atención. Cabe un ordenamiento conjunto para la pesca del langostino y la merluza en el área del Golfo San Jorge y aguas nacionales hasta la coordenada de los 64° W (que contemple un cronograma de pesca por sitio/mes, artes de pesca selectivas según sitio/mes y paradas biológicas en función del o los mes(es) con mayor by catch de merluza, además de las medidas de manejo y conservación dirigidas específicamente a la merluza). Esto implica un estrecho trabajo en conjunto y una mayor coordinación entre los grupos que constituyen los proyectos langostino, merluza común, y artes de pesca del INIDEP.
Sobre el ordenamiento pesquero
La pesca artesanal y de pequeña escala
Dentro del marco de ordenamiento pesquero, la gestión se planteo garantizar la seguridad y continuidad de la pesca artesanal y costera por su relativo bajo impacto ambiental y por el valor social/regional que la misma implica. En un contexto participativo y de consenso (pescadores, INIDEP, SSP) se elaboro el anteproyecto, el cual fue presentado al CFP para su aprobación. Ver "Anteproyecto de Reglamento para la Pesca Artesanal y de Pequeña Escala".
La pesca costera en la Provincia de Buenos Aires.
Sobre la base de los informes técnicos del INIDEP (ver Informes INIDEP, 25/99; 32/99) y en un contexto igual de participativo que en el caso anterior, la gestión se aboco a garantizar la continuidad de la flota costera bonaerense, fijando un área de actividad costera hasta la isobata de 50 m con limitaciones de acceso para buques de mayor eslora, a fin de evitar una competencia no equitativa entre buques de diferente escala. Un tema aun no resuelto se refiere a la eslora máxima permitida en el sector costero (25 m ?, 30 m ?), ya que existen buques mayores a los 25 m de eslora con permiso para variado costero pero no para la merluza común, con lo cual solamente podrían pescar variado costero. Otro de los aspectos que hace al establecimiento de la eslora máxima se refiere a una buena definición de la misma, para que encuadre de manera constitucional.
Sobre la cuota individual transferible de captura (CIT)
A la gestión le llamo la atención que a mas de un año y medio de trabajo, no estuviese listo y aprobado el Reglamento General de Cuotas Individuales de Captura. Esta situación hizo pensar a la gestión de que no había un interés genuino en su implementación por parte de los distintos actores, no obstante el reclamo mediático y/o de notas de algunos sectores empresariales, máxime de la oferta disponible de material pensante para elaborarla en tiempos razonables que no se pone en tela de juicio. Tomando como antecedente, lo trabajado por parte de la Comisión específicamente conformada del CFP, la gestión presento al mencionado Consejo un proyecto de Reglamento General de Cuotas Individuales de Captura que consta de la correspondiente fundamentación, el articulado y su anexo.
El registro de la pesca
Un tema básico para el ordenamiento pesquero se refiere (valga la redundancia) al ordenamiento del registro de la pesca, además resulta una herramienta fundamental para implementar el sistema de la CITs y para la salud de la administración pesquera en general.
El Acta 8/99 (17/5/99) del CFP dice textualmente: "Reinscripción de los permisos de pesca: Analizado el tema, y a fin de dar transparencia de los mismos, el Consejo decide por unanimidad proceder a la revisión de los expedientes de todos los permisos de pesca vigentes y para tal efecto se designara una comisión y se reglamentara su metodología de trabajo".
La gestión con el objetivo de facilitar dicha tarea, instrumenta mediante Disposición SSP 7/99, el "Equipo de trabajo de organización y funcionamiento del registro de la pesca", recibiendo a la fecha las notificaciones designando representantes del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, de la Provincia de Buenos Aires y de Chubut y de la Multisectorial pesquera de la ciudad de Mar del Plata.
Quedaría pendiente la ratificación de los nombramientos por parte del CFP y nombrar los representantes faltantes del CFP para integrar la Comisión Revisora de Permisos de Pesca.
La Disposición SSP 7/99 que designa el "equipo de trabajo" ha sido criticada por parte de algunos sectores empresariales, con el argumento que el mismo podría convertirse en un organismo sesgado que revise determinados casos y deje pasar otros. Mas allá que algún delegado pueda venir direccionado, el hecho de la transparencia y amplia participación diluye cualquier sesgo particular. Lejos de ser una "caza de brujas", el objetivo de revisar lo "vigente" dentro de un marco participativo y de transparencia resulta fundamental para el ordenamiento y se encuadra dentro de la Ley Federal de Pesca. Con este espíritu actúo la gestión de la SSP. Precisamente del trabajo de este equipo surgieron situaciones de indefinición, tal el caso de las transferencias (donde pagaban justos por pecadores), situaciones estas que comenzaron a ser resueltas. En efecto, se elevó un anteproyecto de resolución en cuyo considerando se plantea que hasta tanto el CFP asigne las cuotas individuales de captura, resulta necesario reglamentar las transferencias de permisos de pesca de manera tal que se respete los principios de la ley 24922, previendo que de manera alguna se vea incrementado el esfuerzo pesquero. Además, la omisión de que el registro de la pesca funcione, había provocado numerosas sentencias judiciales, medidas cautelares innovativas, amparos e intimaciones bajo apercibimiento de desobediencia y astreintes, haciendo prever que, de no procederse urgentemente a su habilitación y funcionamiento orgánico se provoquen perjuicios al Estado Nacional por la imposibilidad por omisión de la Autoridad de Aplicación en el cumplimiento de sus obligaciones.
Sobre el establecimiento de cupos de captura para la merluza común en el marco de la Ley de Emergencia
Amerita hacer algunas reflexiones sobre la asignacion de cupos de captura para la flota fresquera (50.000 tn en virtud de la Ley de Emergencia y su Decreto reglamentario), al respecto debemos decir lo siguiente: Con fecha 20/8/99 se presenta la Resolución SAGPyA 307/99 donde se otorga una cuota global de captura en forma provisoria, con fecha 6/10/99 se publica la Disposición SSP 6/99, donde se distribuye la cuota (70 % de las 50.000 tn). Ver "Metodología de calculo para la determinación del cupo de captura de merluza común a otorgar a cada buque fresquero en el marco de la Res. 307" SSP, septiembre/99.
Sobre los inconvenientes en la mecánica para la asignación del cupo debemos decir lo siguiente: El primer inconveniente que se presento fue la no aceptación por parte de diferentes usuarios en cuanto a lo que le tocaba como cupo, esto llevo a rever y volver a analizar los casos. En los casos donde se aceptaba el reclamo llevaba a modificar el reparto de todos los demás, es decir, el sistema actuaba como una rueda de ruleta, la modificación de un número modificaba todos los demás, con lo cual aparecían nuevos reclamos. Luego de un intenso debate con los interesados se alcanza el consenso, dando lugar a las cifras definitivas que se plasmaron en la Disposición de 6/99, todo esto llevo un tiempo nada despreciable. De lo mencionado surge una primera lección: En todos los casos que la Autoridad de Aplicación fije cupos de captura entre distintos usuarios, debe quedarse con una cupo de reserva a fin de afrontar los reclamos que siempre aparecen. El segundo inconveniente surgió durante la actividad de pesca. De los 203 buques con cupo asignado, al 26/10/99 49 buques (el 24 %) habían superado (algunos holgadamente) el cupo asignado, el resto no habían completado el cupo asignado a dicha fecha. Segunda lección: el sistema de asignación de cuotas o cupos no resulta viable si no se cuenta con efectivos controles a bordo y en puerto y con un parte semanal de pesca que alerte en tiempo cuando un buque esta alcanzando el máximo del cupo asignado. Es decir, tendría que implementarse un sistema de alerta temprano por buque. No obstante, la operatoria resulto útil en la medida que significo un ejercicio inédito y permitió enfrentarse en la practica, con los problemas que seguramente aparecerán al momento de implementar el sistema de cuotas individuales transferibles.
Un tema debe aclararse respecto a la asignación de 50.000 tn respecto a la CMP. La misma fue una decisión eminentemente política del PEN, dado el problema social y económico que traería el cierre del caladero. No resulto una decisión basada en estudios técnicos (no podía serlo), los cuales ya habían expresado la situación de la merluza común y recomendado oportunamente la CMP, teniendo en cuenta los umbrales de riesgo para el caladero (ver Informes INIEP 15/99 y 17/99).
Consideraciones finales
Han subsistido situaciones de conflicto, en un contexto de controversias que vienen de arrastre de épocas anteriores, la gestión no fue ajena a estas situaciones, teniendo que hacerle frente en tiempos cortos, y sin planificación y discusión previa con los actores involucrados. Podemos señalar las principales situaciones conflictivas a saber: paradas biológicas en la merluza; captura de la polaca por encima de la CMP previamente establecida; milla 201; pesca de langostino en aguas nacionales incluyendo el área de veda para la merluza; ídem para la anchoita; pesca de langostino, mero y otras especies con relación a la pesca incidental de la merluza; la pesca del calamar y el sistema de charteo; distribución de la cuota de captura en vieira patagónica; el establecimiento de la CMP en la merluza negra; pesca de merluza de cola por parte de congeladores al norte de los 48° S. Se debe aclarar, que los pedidos por parte de los diferentes interesados en algunos de los ítems mencionados, no siempre son equivocados, algunos tienen su lógica económica y biológica. Pero en la medida de no haber un ordenamiento previo y consenso entre todos los actores de la pesca, inevitablemente las controversias y conflictos subsisten. Al respecto debemos decir que los organismos marinos son muy sensibles a los cambios ambientales y responden a los mismos rápidamente, esto tendría que obligar a la actividad pesquera a responder con la misma rapidez. Si esto no ocurre es porque las estructuras burocráticas (entiéndase burocráticas en el sentido anglosajón del termino), tienen una inercia muy grande, resulta por lo tanto tener en cuenta lo mencionado, para que al momento de establecer estructuras de regulación, se diseñe a su vez mecanismos que la hagan eficiente. Es necesario por lo tanto, que las estructuras que regulen la actividad, tengan también una capacidad de respuesta acorde con la realidad a la que deben responder. En la medida de que el sector productivo vea en este sentido, eficiencia en la gestión oficial y tenga además, participación, muchos de las presiones de "lobbies" (en el sentido argentino del termino), seguramente desaparecerán. En años anteriores hubo convocatorias y firmas de actas acuerdo entre los distintos sectores empresariales y la Autoridad de Aplicación, no obstante haber fracasado por motivos que no vienen al caso analizar ahora, se debería intentar realizar acciones similares, porque en principio resultan medidas acertadas que permiten un ámbito de participación entre los distintos sectores de la pesca.
A modo de sugerencia el futuro ordenamiento pesquero tendría que trabajar con las siguientes variables: especies objetivo; pesca incidental; esfuerzo de pesca por tipo de flota; artes de pesca; área y mes. Dicho ordenamiento tendría que estar definido al comenzar cada año calendario tomando a las especies en su conjunto y no de manera aislada y dándole especial énfasis a los golfos (aguas provinciales). El Informe INIDEP 43/99 titulado "Dinámica de la flota comercial argentina dirigida a la pesquería de merluza en el Mar Argentino. Período 1990 - 1997", y el Informe INIDEP, 99/99 resultan buenos puntos de partida.
La merluza común tiene una importante área de veda, la misma ha brindado resultados positivos para una importante fracción de la población de esta especie. Se supone, que de no haber existido dicha área de veda, la tendencia de la biomasa total hubiera sido aun más declinante (ver Informe INIDEP, 110/98). Su rol puede juzgarse como bueno pero insuficiente. Un área desatendida es el Golfo San Jorge, siendo una de las áreas de cría más importante del Mar Argentino. La flota que opera en el Golfo impacta sobre los grupos de edad 1 y 2, considerados potenciales reproductores del recurso merluza (ver Informe INIDEP, 39/99 y anexos). Se hace imperioso un ordenamiento general en función de la dinámica merluza común/langostino en el Golfo San Jorge y aguas nacionales adyacentes. Al respecto existen estudios de base para tener en cuenta a saber: Informes INIDEP, 19/98; 91/98; 121/98; 133/98; 38/99; 76/99; 87/99; 90/99.
Finalmente un punto no menos importante para el futuro de las poblaciones de merluza común se refiere al desarrollo urgente de un Plan de Recuperación Biológica de la Especie, que debe conducir el INIDEP, con apoyo externo de excelencia. Este Plan se encuentra encaminado.
Las referencias citadas en el presente informe se encuentran a disposición del público en la biblioteca del INIDEP.
Temas por orden de aparición
- Situación financiera del FONAPE al 1/9/99
- Informe sobre la situación del Sistema Teleinformático de Control Pesquero por Satélite - Monpesat
- Metodología de calculo para la determinación del cupo de captura de merluza común
- Buques fresqueros: Participación relativa y asignaciones del 75 % del total cupificados (total = 50.000 tn)
- Captura de merluza a partir de agosto de 1999.
- Proyecto de Reglamentación del Registro General de Cuotas Individuales de Captura
- Anteproyecto de Reglamento para la pesca artesanal y de pequeña escala
- Dejupa: Notas de ARGEN PESCA
- Ejemplo sobre esfuerzo pesquero de buques que desarrollan su actividad gracias a los amparos judiciales
- Diferencias entre capturas observadas y capturas declaradas
- Modelo propuesto de parte semanal
- Informe respuesta de la DNI del INIDEP sobre manera de asegurar el éxito reproductivo de la merluza
- Desembarque de capturas totales de merluza común y polaca por puertos y flota (período 1999)
- Informe INIDEP 101/99

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