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Un grupo de vecinos del Barrio de Constitución, con el patrocinio de los abogados del Programa Control Ciudadano del Medio Ambiente de FARN, interpusieron una acción de amparo para que se conmine al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y a la Policía Federal Argentina a realizar el saneamiento, desinfección y recomposición ambiental de un predio ubicado en la calle Cochabamba 1733/71 de esta Ciudad y que es utilizado como depósito de automóviles. Cabe destacar que el deficiente uso dado al predio por parte de la Policía Federal lo transformó en un basural, donde se acumulan automóviles depositados, una gran cantidad de residuos peligrosos y domiciliarios, como así también perros, gatos ratas e insectos, que constituyen un grave peligro para la salud, la calidad de vida y la seguridad pública de todos los habitantes del barrio de Constitución y de la relegada zona Sur de la Ciudad de Buenos Aires. Asimismo, y dado que las distintas reparticiones del GCBA con competencia en la materia, han manifestado que de no realizarse acciones de saneamiento, el mencionado depósito puede convertirse en un foco de transmisión de enfermedades tales como el dengue y la leptospirosis, se solicitó una medida cautelar urgente tendiente a que se ordene al GCBA la inmediata desinsectación y desratización del predio. En su presentación, los vecinos requieren que las autoridades
competentes lleven a cabo las tareas que sean necesarias para proceder
a la recomposición ambiental del predio, de conformidad a lo establecido
por los Arts. 41º de la CN, 28º de la CCABA y 28º de la
Ley 25.675, de modo que el mismo pueda ser puesto en condiciones aptas
para ser destinado a equipamiento cultural, social, deportivo y recreativo,
tal cual lo dispone el Código de Planeamiento Urbano. MÁS INFORMACIÓN: Accion de amparo
El 15° Juzgado Civil de la Provincia de Mendoza declaró inconstitucional el decreto 190/2003 del Ministerio de Ambiente y Obras Públicas, que aprobó la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) que autorizaba a extraer petróleo a la empresa Repsol-YPF en el área de la Laguna Llancanelo, en Malargüe. Tras una acción de amparo interpuesta por la Oikos Red Ambiental de la Provincia de Mendoza, quien integra el Consejo de Organizaciones del Programa Control Ciudadano del Medio Ambiente de FARN, la jueza María Mercedes Herrera consideró que el mencionado decreto resultaba violatorio del Art. 41 de la Constitución Nacional, y que "la normativa que da acceso a la explotación petrolera que propone Repsol - YPF SA debe partir de la delimitación del Área Natural protegida para hacer efectivas las prescripciones de la Ley Provincial 6.045 (que prohibe la actividad petrolera dentro de las areas protegidas). Y para el caso de que resulte aquel localizado en espacios ajenos a la prohibición legal de explotación de hidrocarburos, debe completarse el trámite de aprobación de la Declaración de Impacto Ambiental en una resolución marco de una acción preventiva de daños futuros". Frente al argumento esgrimido por la empresa y el Gobierno, acerca de que el recurso de amparo fue presentado fuera del plazo establecido por la Ley 16.986, la jueza consideró que "el alto valor de los bienes en juego (económicos y ambientales)" y "el bien jurídico que trata de resguardar la amparista y que se encuentra reconocido y tutelado por tratados internacionales y por nuestra Constitución (...) justifica que se despejen los obstáculos formales hacia la tutela jurisdiccional, argumento suficiente para desestimar la pretensión de extemporaneidad que alientan los demandados". El presente fallo cuenta con una notoria relevancia, en tanto un importante número de organizaciones ambientalistas que actúan en Mendoza, han manifestado que la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) que habilitaba a la explotación petrolera en el área, no contaba con los recaudos suficientes para garantizar la protección integral de la Laguna de Llancanello, considerada como uno de los humedales más importantes del mundo. MÁS INFORMACIÓN: Texto del fallo
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| © Fundación Ambiente y Recursos Naturales | Actualización: 17-feb-04 | ||||||||||||||||||||||||||||