Situación del Federalismo luego de la Reforma Constitucional |
La reforma constitucional de 1994 introdujo importantes modificaciones en las partes dogmática y orgánica de la ley fundamental. Esta última, en particular, fue uno de los puntos focales que motivaron la necesidad de la enmienda, ya que como se puede recordar la negociación en torno del denominado "Núcleo de Coincidencias Básicas" se centró en aspectos relativos a la forma de gobierno. Ello así, la labor del constituyente no se limitó al diseño de modalidades dirigidas a atenuar el presidencialismo y a incorporar la reelección del titular del poder ejecutivo, sino que abordó, igualmente, materias relativas a derechos y garantías y a la forma de Estado. Sin embargo, las cuestiones atinentes al federalismo han sido las que han pasado más desapercibidas, tanto en la dinámica de nuestras instituciones, como en los comentarios de la doctrina de los autores.
Esta situación nos resulta por demás paradojal, ya que el federalismo argentino ha sido objeto de importantes retoques por parte del constituyente reformador. Una primera aproximación nos lleva a afirmar que la descentralización política del poder en el territorio ha quedado claramente fortalecida de resultas de la incorporación de nuevas cláusulas en el capítulo consagrado a los "Gobiernos de Provincia" de nuestra carta magna, como así también, en otras de sus disposiciones. El presente trabajo abordará la cuestión desde una breve descripción de la realidad federal argentina, para luego ocuparse de materias que han sido el producto del trabajo de la Convención. De resultas de ese análisis, podremos contar con una visión de conjunto, la que nos permitirá, por último, efectuar algunas consideraciones finales.
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