Home » Resoluciones judiciales

Resoluciones judiciales

Ordena a ACUMAR que informe los planes de control sobre los basurales saneados. Además deberá indicar el destino de cada predio recuperado, identificar a sus titulares y aportar los contratos de recolección de basura de los municipios de la cuenca

Reitera la prohibición de nuevos movimientos de suelo en toda la cuenca. Además pide la realización de un relevamiento de actividades de suelo y que se informe la existencia de tareas fuera de los parámetros legales.

El juez Luis Armella, titular del Juzgado Federal de Quilmes, requirió a la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR) que en forma urgente ponga en funcionamiento el “Puente-transbordador Avellaneda”, que une La Boca con la Isla Maciel, en el marco de la ejecución del fallo “Mendoza”, donde la Corte Suprema ordenó la puesta en marcha de un plan integral de saneamiento de esa cuenca hídrica.

En virtud de ello, el Juez resolvió requerir a la ACUMAR para que antes del 30 de Noviembre del 2011 presente en autos un Proyecto concreto para efectivizar sin más demoras la concreción de los Centros de Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos en toda la Cuenca, debiendo informar además públicamente sobre los proyectos a desarrollarse en ese sentido, y previendo su implementación, de modo detallado y fundado, con la estimación de plazos para su iniciativa, y demás datos de interés, teniendo en cuenta las consideraciones especialmente esbozadas por la Defensoría del Pueblo de la Nación.

  • 11 julio – Juez Federal de Quilmes – INDUSTRIAS – LIBERACIÓN CAMINO DE SIRGA

Dispuso el embargo de 12 empresas que no cumplieron las órdenes de desalojo establecidas en el fallo “Mendoza” de la CSJN del 08-07-08.  Se trata de obstrucciones que invaden el Camino de Sirga y las empresas responsables deben liberarlas para la limpieza de las márgenes del río.

Ordena a la empresa Covelia S.A. la “inmediata paralización de toda obra, construcción o actividad en el Predio y Laguna Santa Catalina y la remoción de todo vehículo, maquinaria y material constructivo que se encuentre en el mismo y la prohibición del ingreso de cualquier vehículo, maquinaria y/o material constructivo al predio citado”. La manda se realiza en el marco de un reclamo de la Asociación Civil Organización Ambiental Pilmayqueñ, que requirió la suspensión inmediata de las mencionadas obras en virtud del daño irreparable que las mismas estaban ocasionando a un predio que ya cuenta con media sanción de la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires para convertirse en una Reserva Natural para beneficio público por su gran valor ecológico. Link al Newsletter N°4 Santa Catalina. Preservando los espacios verdes de la CMR (22/09/2010)

Ordena la aplicación de la multa impuesta a la Secretaria de Seguridad Operativa del Ministerio de Seguridad de la Nación, Dra. Cristina Camaño, en virtud del incumplimiento de la manda judicial de desalojar el predio usurpado en el Bajo Flores. La multa corresponde a la suma de 500 pesos argentinos diarios desde el día 9 de marzo hasta el día 15 de mayo inclusive, plazo durante el cual se prolongó el desacato a la orden judicial respectiva. El Magistrado considera completamente injustificado el incumplimiento y ordena el depósito en el plazo de 48 horas, bajo apercibimiento de embargo en caso de no efectuarse el mismo. El monto será destinado a la reconstrucción de las construcciones dañadas durante el desalojo del 30 de mayo.

Informa sobre la constitución de cuerpos especializados de inspección, compuestos por personal especialmente designado del Juzgado de Quilmes, creados para monitorear el cumplimiento de la sentencia de la Corte Suprema. Su objetivo es el control efectivo de la ejecución de la sentencia de saneamiento, lo cual se hará mediante controles periódicos en los que los inspectores se dirigirán personalmente a las zonas de interés y comprobarán de primera mano la satisfacción de los mencionados objetivos. El Magistrado advierte que cualquier dato fáctico que se verifique y resulte contradictorio a lo denunciado por las autoridades respectivas representa un incumplimiento pasible de las respectivas sanciones. El objetivo del nuevo programa es lograr la correcta verificación de los datos aportados para lograr cambios sustantivos en el saneamiento.

Requiere a la ACUMAR que, en el plazo de 15 días, presente un informe respecto de 74 industrias ubicadas en la Cuenca Alta donde conste: si se encuentran empadronadas, la fecha en que han sido inspeccionadas, los resultados de las muestras tomadas, declaraciones de agentes contaminantes, respectivos Planes de Reconversión Industrial y fechas de clausuras o levantamientos de las mismas.

Da por finalizado el desalojo del predio usurpado en el Bajo Flores, en cumplimiento de la orden de desalojo efectuada en marzo.

Ordena regularizar en distintos aspectos las auditorías efectuadas por la Auditoría General de la Nación (AGN) sobre la asignación de fondos y ejecución presupuestaria de la ACUMAR. Intima a la ACUMAR y a los distintos municipios de la CMR a ordenar sus finanzas de modo tal que sea auditable el cumplimiento de cada aspecto del Plan Integral de Saneamiento independientemente y a presentar la información requerida para poder cumplimentar las auditorias; considerando que la insuficiente colaboración constituye una “actitud desaprensiva y carente de compromiso por parte de los funcionarios”. Asimismo, intima a la AGN a auditar el 100% de los fondos asignados al Saneamiento Integral de la CMR y a acortar razonablemente los plazos de presentación de sus informes semestrales.

La resolución se da en respuesta al informe presentado por la AGN sobre las cuentas de la ACUMAR en el primer semestre de 2010.

Ordena la creación de un Plan Único rector del transporte en la zona la Cuenca Matanza Riachuelo. El mismo deberá considerar, principalmente, la infraestructura existente, la necesidad de infraestructura nueva y las medidas necesarias para fomentar medios de transporte con la menor afectación ambiental posible.

Requiere la celebración de un convenio marco entre los municipios de la CMR, la provincia de Buenos Aires, la Ciudad de Buenos Aires y la Nación en el que se prevea la construcción de centros de atención de salud para atender a las necesidades primarias de la población de la Cuenca. El plan deberá contener previsiones sobre modos de seguimiento de las personas enfermas, recursos necesarios y mantenimiento de la infraestructura existente. En este marco, se ordena el traspaso de la competencia de la gestión de hospitales municipales al gobierno provincial o nacional, según corresponda, relevando a los municipios de sus obligaciones anteriores.

Requiere a las autoridades la presentación el día 20 de mayo de un informe donde conste la fecha cierta en que planea dar “total, efectivo y acabado cumplimiento” del desalojo del predio del Bajo Flores, en cumplimiento de su propia orden del 9 de marzo y la intimación de la Corte Suprema de cumplir con la misma. Además, ordena presentar un informe diario respecto de las acciones concretas que se lleven a cabo para cumplir su manda.

 

Ordena se de cumplimiento del desalojo ordenado por el Juez Armella respecto al predio usurpado en el Bajo Flores. Convoca a audiencia a la Ministra de Seguridad de la Nación, Nilda Garré y al Ministro de Justicia y Seguridad de la Ciudad de Buenos Aires, Guillermo Montenegro, quienes se comprometen a tomar las medidas necesarias.

Da por cumplida en tiempo y forma la relocalización de las familias que habitaban el asentamiento de Puente Bosch, según el cronograma aprobado en resolución del 22 de febrero del corriente.

Revoca el archivo de una causa penal por contaminación del Riachuelo que había sido iniciada por la Asociación Vecinos de La Boca en 2004. El tribunal considera que “el objeto de la causa comprende pero no se reduce a la investigación de la posible contaminación ambiental por vertido de efluentes industriales” y que “la omisión de investigar las conductas relativas a los basurales abarcados por la denuncia (…) torna prematuro el archivo dispuesto”. Por ende, ordena no sólo continuar sino también profundizar la investigación pertinente. Fuente: CIJ

Ordena a los funcionarios responsables dar “acabado y fiel cumplimiento” de las pautas del Plan de Urbanización de Villas y Asentamientos precarios, a fin de efectivizar las relocalizaciones pertinentes. Asimismo, recuerda a los funcionarios de su obligación de denunciar cualquier anomalía en el transcurso de la ejecución de dicho plan. También ordena a quienes no están directamente involucrados en los planes abstenerse de actuar para evitar mayores dilaciones o ineficiencias. Fuente: CIJ

Requiere a las autoridades de la ACUMAR la elaboración de un proyecto integrador que contemple todas las obras de infraestructura y demás acciones que deban hacerse en el camino de sirga a lo largo de la Cuenca Baja, para cumplir con el objetivo de la recuperación integral de la zona. El Magistrado pone énfasis en valores de sustentabilidad, perdurabilidad, prosperidad y proyección hacia el futuro para poder transformar el camino de sirga en un área de recreación conforme el nuevo estatus del Riachuelo como “zona de protección ambiental especial”. Fuente: CIJ

Intima a las autoridades del Poder Ejecutivo Nacional, la provincia de Buenos Aires y la Ciudad de Buenos Aires a presentar un informe en el plazo de 10 días sobre el avance en las tareas de comunicación y concientización de los habitantes de asentamientos ubicados al margen del Riachuelo respecto de su futura relocalización. Además, el Juez ordena tomar medidas para realizar la efectiva relocalización acorde a los planes acordados. Fuente: CIJ

Ordena implementar recursos y hacer reformas necesarias para lograr una mejora “notoria” en los procesos de inspección, fiscalización, determinación de agentes contaminantes y evolución de los Planes de Reconversión Industrial. Asimismo, otorga el plazo de 10 días para que la ACUMAR explicite sus criterios de selección a la hora de inspeccionar empresas, así como informar qué empresas van a ser inspeccionadas próximamente (indicando cuales lo serán por primera vez y cuales ya han sido inspeccionadas en el pasado). Fuente: CIJ

En base a los resultados de una inspección ocular realizada a lo largo de la Cuenca en el mes de marzo, ordena que inmediatamente se tomen medidas para llevar adelante la efectiva limpieza del área. Entre las principales cuestiones pendientes menciona: la limpieza, exterminación de plagas y mantenimiento de los márgenes del río, la erradicación de viviendas precarias, el desalojo de propiedades privadas que obstruyan el camino de sirga, la construcción de un tendido de luz adecuado, el desaguase de chatarra y la recuperación del cauce original del Riachuelo. Para controlar el cumplimiento de las medidas ordenadas, el Juez Armella informó que a partir del 1 de julio del corriente, personal del juzgado se presentará a realizar inspecciones de la zona. Fuente: CIJ

Rechaza planteo de incompetencia presentado por Asesores de Menores de la CABA en el marco de la orden de desalojo que pesa sobre el predio ocupado en Villa Soldati. El Juez Armella ratifica su competencia en base a la relación directa que existe entre el predio en cuestión y la ejecución de la sentencia de la CSJN en la causa sobre el Riachuelo. Asimismo, rechaza el pedido de suspensión del desalojo en virtud de no verse probado el desamparo efectivo de los ocupantes. Fuente: CIJ

Atribuye competencia a la justicia federal para los casos en que el daño ambiental afecte a varias jurisdicciones. Lo decide en el marco de un conflicto por la competencia en un caso por la posible contaminación al Riachuelo de una empresa de refinación de productos derivados del petróleo, en la que se disponían a actuar el Juzgado Federal de Quilmes y un Juzgado de Lomas de Zamora. Fuente: CIJ

Declara a la Cuenca Hídrica Matanza Riachuelo como “zona crítica de protección especial con servidumbre de paso ambiental”, intimando a las autoridades a liberar todas las obstrucciones al camino de sirga y reorganizar el tránsito vehicular. Asimismo, dispone preventivamente la suspensión de la navegación fluvial comercial en el Río Matanza-Riachuelo, lo cual incluye la inexistencia de embarcaciones en estado de flotabilidad o hundimiento. Adicionalmente, ordena a la ACUMAR que identifique a lo largo de la cuenca los bienes con valor de patrimonio cultural. Fuente: CIJ

Requiere la elaboración en el plazo de 30 días de una base de datos actualizada respecto de la situación del servicio de desagües cloacales y la provisión de agua potable en la totalidad del territorio de la cuenca. Asimismo, ordena a la ACUMAR, el Ministerio de Infraestructura de la Provincia, ABSA, ENOHSA y los intendentes de los partidos de Cañuelas, Las Heras, Marcos Paz, Presidente Perón, San Vicente y Merlo la elaboración de un Plan Director Único antes del 30 de junio de 2011 para planificar la provisión de servicios sanitarios a todo el territorio bajo un prestador único. El mismo debe incluir necesidades de infraestructura, presupuesto, plazos y medios de financiamiento.

Requiere al Estado Nacional, a través de sus representantes en la ACUMAR, que presente un informe a fines de identificar a las personas que se encuentran ocupando el predio en Villa Soldati. Asimismo, requiere al Gobierno de la Ciudad informe sobre el estado de avance de la relocalización de las familias que se encuentran en asentamientos en la CABA.

Amplia la orden de desalojo efectuada el 9 de marzo de 2011 ante la constatación de nuevas usurpaciones en la zona de Villa Soldati. Intima a las autoridades de la Ciudad de Buenos Aires y ACUMAR a presentar informes respecto del estado de las ocupaciones. Asimismo, requiere a la policía Metropolitana informar si está en condiciones de efectuar el desalojo.

Ratifica la orden de desalojo efectuada el 9 de marzo de 2011 y advierte que, de no cumplirse con la misma, se implementarán sanciones pecuniarias contra los funcionarios que resulten responsables. Asimismo, intima a las autoridades pertinentes a presentar informes diarios respecto del avance del desalojo.

 

Ordena el desalojo de viviendas ocupadas ilegalmente en Villa Soldati para restituir su posesión a la Cooperación Buenos Aires Sur Sociedad del Estado y a la ACUMAR. Asimismo, multa a la secretaria de Seguridad Operativa del Ministerio de Seguridad de la Nación, Dra. Cristina Camaño Iglesias Ruiz por un monto de quinientos pesos diarios hasta tanto se de “efectivo, integro y adecuado” cumplimiento al desalojo.

Ordena el retiro de dos buques abandonados en el Riachuelo y dispone el embargo preventivo de los mismos a los fines de cubrir los costos del traslado. Prorroga el plazo para el desguase de otros dos buques, intimando a la ACUMAR a la concreción de las medidas necesarias para asegurar su cumplimiento.

Intima al Presidente de la ACUMAR y a los representantes de la Provincia de Buenos Aires y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para que realicen un acabado relevamiento sobre las construcciones informales o precarias que se encuentren encalladas sobre el “Talud” o la “Margen” del río y no estén incluidas en los planes presentados.

 

Aprueba los cronogramas de erradicación y relocalización de las villas y asentamientos precarios encallados sobre el denominado “Camino de Sirga.

Intimación al Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Ing. Mauricio Macri y al Titular del Instituto de la Vivienda de la Ciudad Omar Abboud, para que reformulen las previsiones para la relocalización de las viviendas y construcciones encalladas en el denominado “Camino de Sirga”.

 

Documentos 2008/2010